Consejo de las Conferencias Interamericanas sobre Educación en Física (CIAEF)
Conselho de as Conferências Interamericanas sobre Educação da Física (CIAEF)
Council of the Inter-American Conferences on Physics Education (IACPE)

ESTATUTO DEL CONSEJO DE LAS CIAEF (CCAEF) (Aprobado en Julio 2019)

NOTA: El Consejo de la CIAEF asume la responsabilidad de decidir / mediar en todos los asuntos / disputas no mencionadas específicamente en estos Estatutos y que puedan afectar la función ordenada del Consejo.

Introducción:

Las CIAEF tendrán lugar cada dos años en un país diferente de la región Interamericana para intercambiar experiencias y definir acciones para mejorar la Educación en Física en esta área geográfica. Cada CIAEF es organizada por el Consejo para las Conferencias Interamericanas sobre Enseñanza de la Física (CCIAEF) en coordinación con un comité nacional del país donde se realiza.

El CCIAEF, reconociendo los avances tecnológicos actuales corrobora y reafirma que en todas los votaciones establecidas en estos Estatutos, los votos de los miembros del Consejo tendrán igual validez, ya hayan sido emitidos presencial o virtualmente. Para el futuro, el CCIAPE se compromete a tratar de utilizar aquellas estructuras tecnológicas que le permitan en lo posible agilizar y mejorar sus interacciones tanto internas como externas.

Objetivos:

  1. Congregar educadores en Física de las Américas en conferencias auspiciadas por el Consejo Interamericano de Enseñanza de la Física.
  2. Estimular la comunicación, la formación de redes de enseñanza y aprendizaje de la Física, el intercambio de materiales didácticos, compartir entre educadores en Física de las Américas los resultados de sus investigaciones, experiencias y estudios.
  3. Organizar una Conferencia Interamericana sobre Educación en Física (IACFE) que tendrá lugar con una periodicidad de aproximadamente dos años.

Membresía:

  1. Todos los países Americanos son bienvenidos a ser representados en el Consejo (CCIAEF).
  2. Cada país puede tener hasta dos representantes en el Consejo. Aquellos países con gran actividad en Educación de la Física podrían tener un representante más en el Consejo.
  3. Las propuestas de membresía del Consejo pueden ser hechas por asociaciones o agrupaciones nacionales de Física y/o Asociaciones de profesores de Física o por miembros del Consejo. Los nominados deben ser personas activas en la enseñanza-aprendizaje de la
    Física en sus países (sin excluir a quienes ya estén jubilados en sus instituciones). Miembros consultores podrán ser propuestos por integrantes del Consejo. En todos los casos, la aceptación será decidida por el Consejo.
  4. En una de las reuniones del Consejo en cada CIAEF, se procederá a un análisis de la composición del Consejo. El Consejo podrá decidir si cabe remover del CCIAEF a miembros que no hayan presentado trabajos en las dos últimas CIAEF, o que representen países con
    escasa asistencia sistemática a las CIAEF, o que hayan tenido poca participación en las actividades del CCIAEF, o que hayan cesado en actividades relacionadas con la enseñanza-aprendizaje de la Física.
  5. Se establece la categoría de Miembro Emérito. Tal distinción reflejará el reconocimiento debido a aquellos miembros salientes del Consejo que se hubieran distinguido por sus contribuciones al Consejo durante su membresía regular en representación de sus países. El título de Miembro Emérito (o Emérita) se otorgará cuando sea propuesto por moción formal de un miembro activo del Consejo y cuando dicha moción sea aprobada por votación mayoritaria presencial o electrónica de los representantes al Consejo.
  6. En cada CIAEF se establecerá un Comité Ejecutivo compuesto por el Presidente, el Vicepresidente y el Secretario Ejecutivo. El mandato de este Comité Ejecutivo se extenderá hasta la última sesión del Consejo en la CIAEF siguiente a aquella en la que ese Comité Ejecutivo fue establecido.
  7. En cada Conferencia, en una de las primeras sesiones del Consejo, se finalizará la lista de candidatos a Presidente y Secretario Ejecutivo que los miembros del Consejo hayan propuesto. Antes de finalizar la Conferencia, los miembros del Consejo que participen en la reunión, en forma presencial o virtual, elegirán, por votación secreta, y dentro de los candidato propuestos, las nuevas autoridades del Consejo, El cargo de Vice-presidente recaerá en uno de los miembros del país sede de la próxima Conferencia.

Son funciones de los miembros del Consejo:

  1. Reunirse en sesión plenaria, al menos una vez durante la celebración de cada Conferencia.
  2. Elegir, por votación secreta, al Secretario Ejecutivo, para completar el nuevo Comité Ejecutivo.
  3. Designar, por votación secreta, la sede y, de ser posible, la sede alternativa de la próxima Conferencia.
  4. Recomendar lineamientos generales para la organización de cada Conferencia.
  5. Proponer nuevos miembros al Consejo.
  6. Incentivar entre los educadores en Física su participación en la Conferencia.
  7. Presentar ponencias para la conferencia en la que participarán, si desean contar con
    financiamiento por parte de la comisión organizadora.
  8. Cuando fuera posible, aprobar las actas de las reuniones del Consejo así como proveer información sobre los documentos que se acuerden necesarios, ya sea generados en las reuniones presenciales o virtuales (tales como trabajo de comisiones, informes de CIAEF, entre otros).
  9. Participar activamente en las actividades del Consejo que tengan lugar entre las CIAEFs.

Son funciones del Comité Ejecutivo:

  1. Recomendar al Consejo el órden temporal de las votaciones a tener lugar en cada conferencia.
  2. Reunirse, presencial o virtualmente, al menos una vez al año.
  3. Asesorar al Comité organizador de cada Conferencia.
  4. Mantener comunicación regular con los miembros del Consejo.
  5. Colaborar activamente en la obtención de apoyo financiero para cada Conferencia.
  6. A través de la Presidencia y Secretaría proveer al CCIAEF toda la información necesaria para su consideración y aprobación, de aquellos elementos relacionados con aspectos organizativos – y sobre todo académicos – necesarios y apropiados para el mejor funcionamiento de las CIAEF.

Son funciones de la Presidencia:

  1. Presidir las reuniones, presenciales o virtuales del Comité Ejecutivo y del Consejo.
  2. Ser miembro de la Comisión Organizadora de cada Conferencia.
  3. Asumir o delegar la resposibilidad del cumplimiento de estos Estatutos por parte de los miembros del CCIAEF.
  4. Mantener con periodicidad contacto con la Secretaría Ejecutiva y Vicepresidencia.

Son funciones del Vice-Presidente:

  1. Ser responsable, ante el Consejo, de la Conferencia a realizarse en su país.
  2. Nombrar y presidir la Comisión Organizadora Nacional de la Conferencia.
  3. Informar periódicamente al Comité Ejecutivo de la CCIAEF sobre el avance de la organización de la conferencia planificada.
  4. Enviar, al Comité Ejecutivo, para la ulterior aprobación del Consejo, el informe técnico-académico de la misma, en un periodo que no excederá los 3 meses después de terminada la Conferencia.

Son funciones del Secretario Ejecutivo:

  1. Mantener comunicación activa con todos los miembros del Consejo.
  2. Ejecutar las decisiones tomadas en las reuniones del Consejo y del Comité Ejecutivo.
  3. Mantener actualizado el directorio del Consejo.
  4. Preparar y mantener las actas de las reuniones del Consejo y mantener registros de las decisiones del Consejo.
  5. Mantener con periodicidad contacto con la Presidencia y Vicepresidencia.

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